ORGANISMOS
DIRECTIVOS Y ADMINISTRATIVOS DEL MICC
a)
Congreso del MICC;
b)
Asamblea General;
c)
Consejo de Gobierno;
d)
Comisiones Permanentes;
e)
Comisiones Especiales.
El Congreso
del MICC.-
es la
máxima autoridad del MICC, ordinariamente se realiza cada dos años con la
participación de todas sus filiales. Extraordinariamente cuando la
situación lo amerite.
La Asamblea
General del MICC.-
está integrada por los miembros del Consejo de Gobierno del MICC y, por
los miembros de las organizaciones filiales, con un máximo de cinco
personas por cada organización. Es la segunda autoridad de la
Organización; se reunirá en forma ordinaria cada dos meses, y de manera
extraordinaria cuando las circunstancias lo ameriten.
El Consejo
de Gobierno.-
es el órgano ejecutivo del MICC; tiene la responsabilidad de planificar,
organizar y dirigir la administración de la Organización, así como la
ejecución de los planes y programas de trabajo. Estará integrada por los
siguientes miembros:
1.
Presidente/a
2.
Vicepresidente/a
3.
Tesorero/a
4.
Secretario/a de Actas y Comunicaciones
5.
Dirigencia de Género
6.
Dirigencia de Organización y Promoción
7.
Dirigencia de Juventud
8.
Dirigencia de Comunicación
9.
Dirigencia de Educación, Cultura y Deportes
10.
Dirigencia de Tierras y Recursos Naturales
11.
Dirigencia de Salud.
Comisiones
permanentes.-
son aquellas personas a las cuales el consejo de gobierno del MICC ha
designado para
garantizar el funcionamiento y el cumplimiento de los fines del MICC. Sus
funciones, estructuras y duración tienen que ver a cada caso y
circunstancia.
Comisiones
especiales.-
son aquellas personas que el Consejo de Gobierno del MICC han designado
para
garantizar el pleno funcionamiento y cumplimiento de los fines y
actividades especificas.
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